Publicidad o anonimato para el ganador de la lotería

Ganar lotería y ser anónimo

Las circunstancias para poder mantener el anonimato a los ganadores de grandes premios de loterías varían mucho. Todo gira en función del País o Estado que organiza la lotería, o incluso las propias normas del Estado respecto a la protección de datos, o Registro Público.

En Europa todas las loterías permiten el anonimato si el ganador lo desea. Países como Portugal, Francia y España entre otros, publican la localidad del afortunado. No obstante, permiten si lo desea en ganador, hacer público sus datos y fotografiarse recogiendo el premio.

También en Australia, Nueva Zelanda, China o América del Sur, los ganadores deciden si desean permanecer en el anonimato o bien por el contrario deciden publicarlo.

En EE.UU. depende de las propias leyes del estado, permitir el anonimato o bien obligar a publicar datos e identidad para el Registro Público. Solamente 5 estados actualmente permiten a los ganadores el anonimato, Carolina del Sur, Dakota del Norte, Delaware, Kansas, Marylan y Ohio.

En algunos casos y por cuestiones publicitarias se “recomienda” a los ganadores fotografiarse recibiendo el premio. Y hecha la Ley, hecha la trampa. Cada vez es más frecuente presentarse a la fotografía reglamentaria disfrazado de cualquier manera o personaje.

En Canadá, es obligatorio que el ganador sea fotografiado incluso como forma de transparencia para el juego.

¿Qué puede llevar a un ganado de lotería a guardar el anonimato?

Muchos son los factores que pueden mover a las personas que gana un gran premio en las loterías para preferir mantener su anonimato, o incluso todo lo contrario, para darse autobombo.

De aquellas personas que prefieren permanecer en un anonimato, podríamos ver sus razones por: Miedo a la repercusión, Buscar previamente asesoramiento profesional, incluso ventajas fiscales.

  • Miedo a la repercusión que esas ganancias pueden significar: engaños, acoso, timos, etc…
  • Porque no se llegase a publicitar sus datos, se disfrazarse, o se realice el cobro por mediación de terceros, es difícil ocultar algunos cambios en sus comportamientos habituales, con su banco, con sus familiares y amigos y con su propia vida y compras.
  • Buscar previamente un asesoramiento financiero. Cómo asesorarse convenientemente sobre la distribución y salvaguarda del patrimonio generado.

Hay países que regulan una retención de impuesto directo en el momento de percibir el premio, sobre determinada cantidad inicial, o sobre la totalidad.

Sobre la cantidad restante, en ocasiones y en función de los millones que eso pueda significar, se puede llegar a pensar una estratagema, para que en unos meses y una buena gestión bancaria, puede significar algún millón extra de ganancia.

Pongamos el caso de un premio que se puede reclamar entre los meses de noviembre y el mes de febrero del siguiente año. Si se realiza el cobro antes de finalizar el año (pongamos 2018), la repercusión fiscal que tiene respecto del aumento patrimonial, se ha de declarar el siguiente año (el 2019), mientras que si se reclama el cobro antes de la fecha límite (pongamos por ejemplo en febrero de 2019), la repercusión fiscal afectaría al año siguiente, (a la declaración que se hubiese de realizar en el año 2020), lo que significaría disponer de un dinero antes de impuestos durante la práctica totalidad de un año.

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